Discapacidad

Políticos: ¡¡reforzad la protección social de las personas con discapacidad e impulsad su activación laboral!!

El CERMI pide a la Comisión del Pacto de Toledo que incluya una referencia expresa a la necesidad de que el sistema de pensiones de la Seguridad Social refuerce la protección social de las personas con discapacidad y sus familias y que, al mismo tiempo, se promueva la activación laboral de esta parte de la ciudadanía, reforzando la compatibilidad entre pensión y trabajo

El CERMI valora positivamente que en los últimos años se hayan producido avances, como la adopción de mecanismos de anticipación de la edad de jubilación de trabajadores con discapacidades que disminuyan su esperanza de vida; la configuración de convenios especiales que posibilitan la inclusión en la Seguridad Social de personas que, por razón de su discapacidad, encuentran mayores dificultades para su inserción sociolaboral, y la flexibilización de los umbrales de compatibilidad entre actividad lucrativa y pensiones no contributivas de incapacidad.

«Solicitamos que se intensifiquen las medidas dirigidas a eliminar los obstáculos a la activación de las personas con discapacidad, favoreciendo su acceso a un empleo digno, suficiente y de calidad”

Es necesario seguir introduciendo modificaciones en la normativa de Seguridad Social que afecten, entre otras cuestiones, al régimen jurídico de la percepción de las pensiones por incapacidad permanente y a su compatibilidad con la realización de un trabajo, evitando la litigiosidad existente en este ámbito en la actualidad.

«El sistema de Seguridad Social, como principio informante, ha de considerar a las personas con discapacidad y a las familias que tienen en su seno a una persona con discapacidad, como ‘situación social de especial protección’, reforzando las respuestas en términos de cobertura en todas las contingencias en las que la discapacidad sea un hecho relevante”

En este sentido, pide que se mejoren los niveles de protección de las personas con discapacidad en las prestaciones por hijo e hija a cargo y pensión de orfandad, así como que se corrijan los desajustes normativos que se hayan producido en las medidas de anticipación de la edad de jubilación previstas para los trabajadores con discapacidad, flexibilizando las regulaciones que se han revelado rígidas y que excluyen situaciones materialmente dignas de protección.

En la ordenación de la prestación de maternidad, deben tenerse en cuenta las dificultades y los más intensos apoyos que las mujeres con discapacidad pueden necesitar durante el embarazo y en las primeras semanas tras el alumbramiento.

«El Ingreso mínimo vital (IMV) debe ser sensible a la realidad de exclusión social más intensa y mayor pobreza que viven las personas con discapacidad, ofreciendo respuestas adecuadas a estas situaciones, siempre en el sentido de que resulte un acompañamiento efectivo para lograr la vida activa y autónoma a través de la inclusión laboral”

E cuanto al régimen legal de seguridad social de los funcionarios públicos (clases pasivas), las situaciones de discapacidad están lejos de haber alcanzado el grado de relevancia y protección del régimen general, por lo que afirma que se hace necesario acercar ambas regulaciones en esta materia, trasladando al régimen de clases pasivas los avances logrados o que se puedan lograr con carácter general, a fin de evitar asimetrías hirientes.

Imagen: Ferran Martín

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