Medio Ambiente

Real Decreto sobre registro huella de carbono

huella de carbono

El Real Decreto 214/2025 pone en valor el registro de huella de carbono en España, que antes era voluntario, con nuevas funcionalidades y obligaciones

Empresas y AAPP deben calcular y publicar sus huellas de carbono y planes de reducción de emisiones.  Además, amplía el alcance del registro e incorpora nuevas categorías como la huella de carbono de productos y eventos, además de promover proyectos de absorción de CO₂ que mejoren la capacidad de sumidero de España.

¿Quienes están obligadas a calcular su huella de carbono y publicar planes de reducción que incluyan, objetivo cuantificado de reducción en un horizonte temporal de al menos cinco años y acciones)?
  • Empresas obligadas a presentar EINF
  • AAPP: departamentos ministeriales de la Administración General del Estado, sus organismos autónomos, así como las entidades gestoras y los servicios comunes de la Seguridad Social y otras entidades del sector público administrativo estatal. Para el cálculo correspondiente al año 2028 y en adelante incluirán Alcance 3.

¿Quienes están obligadas al registro?

  • Empresas EINF: NO, pero sí a poner a disposición del público su informe de sostenibilidad.
  • AAPP: SÍ, anual (su primera huella se inscribirá en el año 2026, correspondiendo a la huella de carbono del año 2025).
Real Decreto sobre registro huella de carbono, publicado el 12 de abril de 2025 en el BOE y en vigor desde el 12 de junio de 2025
  • Eventos. Voluntario, pero si se registra, obligatorio Alcance 1, 2 y 3 (otras emisiones indirectas, como los desplazamientos del público asistente).
  • Nuevas herramientas y factores de emisión FE oficiales en Oficina Española de Cambio Climático OECC
  • Verificación del Alcance 3 de pymes microempresas y AAPP exentas pero siempre que utilicen los FE OECC.
  • Verificación obligatoria para eventos que reúnan a 1.500 o más personas de forma presencial
  • Ampliación de los proyectos de absorción de CO₂ admitidos. Hasta ahora, forestales. Ahora: prácticas de uso y cambio de uso del suelo, selvicultura, carbono azul (ecosistemas marinos) … que deberán demostrar adicionalidad, permanencia en el almacenamiento de carbono y ausencia de impactos negativos sobre biodiversidad, agua o economía circular, etc.
  • Nuevas vías para la compensación: permite inscribir proyectos propios y de terceros y reconocidos por el Ministerio para la Transición Ecológica.

Nota MITECO

Foto de Musaddek Sayek

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