Discapacidad

Accesibilidad al cine por Ley ¡ya!

¿Por qué no para recibir ayudas públicas al cine es obligatorio incluir requisitos de accesibilidad?

El Comité Español de Representantes de Personas con Discapacidad (CERMI) ha reclamado al Congreso de los Diputados una regulación exigente de la accesibilidad en el ámbito cinematográfico y audiovisual. Las actuales son escasas y laxas y ni mucho menos garantizan el ejercicio de los derechos de las personas con discapacidad sensorial.

El nuevo Proyecto de Ley de Medidas de Urgencia sobre la Creación Artística y la Cinematografía, que se está tramitando en la Cámara Baja debe ser consciente de la accesibilidad. Debe ser obligatorio que las producciones cinematográficas y audiovisuales incluyan: subtitulación, lengua de signos española y audiodescripción de calidad de acuerdo con las prescripciones de las normas técnicas vigentes en cada momento. Eso sí, en la reproducción en salas de cine, la persona con discapacidad tendrá que solicitar cualquiera de estas medidas de accesibilidad, de las que podrá disfrutar individualmente con las soluciones tecnológicas existentes en cada momento.
CERMI plantea que la ley del cine recoja explícitamente que las políticas públicas de promoción de la cinematografía orientarán sus objetivos a que las producciones cinematográficas y las demás obras audiovisuales ofrezcan una imagen respetuosa y positiva de las personas con discapacidad como expresión valiosa de la diversidad humana y social, con una presencia en el medio cinematográfico acorde en términos cuantitativos con su peso social.

AYUDAS PÚBLICAS
No deberían concederse ni reconocerse ningún tipo de subvención, apoyo, incentivo o ayuda de naturaleza pública a las producciones cinematográficas que no incorporen en origen de oficio las medidas de accesibilidad para personas con discapacidad establecidas en la ley. Ídem con las actividades de promoción de la cinematografía como la participación y la organización de festivales, que deberán postular, programar, exhibir y difundir siempre producciones accesibles en origen. Tampoco podrán resultar beneficiarias de ayudas públicas al cine las personas físicas y jurídicas empleadoras que estando obligadas no cumplan con la reserva legal de puestos de trabajo en favor de personas con discapacidad.

Ley debe establecer que la Filmoteca Española desplegará iniciativas y programas para dotar con progresividad de medidas de accesibilidad a los fondos cinematográficos y audiovisuales que carecieran total o parcialmente de las mismas cuyo depósito, conservación y gestión tiene encomendados, otorgando prioridad a aquellos que posean mayor significación o más valores artísticos, históricos y sociales.
El CERMI subraya la relevancia de que la ley recoja explícitamente como referentes en materia de impulso de la accesibilidad al Centro Español del Subtitulado y la Audiodescripción (CESyA), el Centro de Normalización lingüística de la Lengua de Signos Española (ambos dependientes del Real Patronato sobre Discapacidad) y la ONCE. Además, reclama que las organizaciones estatales de la discapacidad tengan presencia en los órganos de participación, asesoramiento y consulta existentes en el seno del Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales que resulten de interés, a fin de que puedan efectuar labores de propuesta, seguimiento y evaluación de las políticas oficiales del cine en lo relativo a accesibilidad universal y personas con discapacidad.
El CERMI plantea que este Instituto realice cada año un informe para evaluar la evolución en materia de accesibilidad y que la Administración General del Estado promueva iniciativas de I+D+i para seguir generando conocimiento y mejoras en las soluciones de accesibilidad universal.

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